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Anexo 2

Terminología adicional del Subsidio Plan Salud

Es la terminología que el Subsidio Plan Salud le define a los colegiados/as del CFIA. Cada una de ellas contiene la descripción precisa de los conceptos principales y/o variables involucradas en las líneas del beneficio anual, sin que se tenga una interpretación extensiva más allá de lo que se indica. Estos son determinados y revisados anualmente por un comité designado por la Junta Administradora de Mutualidad CFIA, con participación de su Administración, y con el respaldo de criterios científicos emitidos por las entidades que regulan el ejercicio del sector salud en nuestro país y profesionales en dicho campo.

Auditoría médica: Médico/a encargado de la autorización y análisis de los casos presentados a Mutualidad CFIA para obtener el beneficio.

Cirugía bariátrica: Procedimientos quirúrgicos que tienen como fin tratar la obesidad, para así lograr la disminución del peso corporal, siendo esta una alternativa a otros tratamientos no quirúrgicos.

Cirugía menor: Procedimiento quirúrgico simple y de rápida resolución, el cual se realiza sobre tejidos superficiales y/o estructuras accesibles, generalmente bajo anestesia local y con bajo riesgo de complicaciones.

Condición prexistente no declarada: La existencia de una enfermedad que aqueja la salud del colegiado/a pero que, no indicada en el perfil médico del colegiado, no reportada ya sea por desconocimiento, omisión de información o simulación de inexistencia (la Auditoría médica solicitará exámenes para respaldar el diagnóstico).Condiciones cubiertas: Aspectos cubiertos por el Subsidio Plan Salud.

Condiciones no cubiertas: Aspectos que invalidan el acceso al Subsidio Plan Salud.

Colegiado/a: Persona física en cuyo favor se ha establecido el Subsidio Plan Salud brindad o por Mutualidad CFIA. En consecuencia, es quien tiene la facultad de acceder al Plan Salud por estar bajo la categoría de miembro del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, al día con sus obligaciones financieras frente al CFIA.

Deporte: Actividad y ejercicios físicos, individuales o de conjunto ejercidos como recreación o competición, cuya práctica supone entrenamiento y en algunos casos sujeción de reglas y remuneración.

Enfermedad: Alteración o desviación del estado fisiológico de una o varias partes del cuerpo, de origen interno o externo, en relación con el organismo y determinada por un médico.

Enfermedad o condición preexistente: Es aquella enfermedad o condición física o mental del colegiado/a, que se manifiesta antes de ingresar al CFIA y contar con la cobertura del Subsidio Plan Salud, que es conocida por el colegiado/a, que ha sido diagnosticada, tratada por un médico, practicándose o recomendándose exámenes para su diagnóstico sobre la cual se han revelado síntomas que no podrían pasar desapercibidos por el colegiado/a.

Enfermedad contagiosa: Enfermedad que se transmite de una persona a otra por contacto directo (con otra persona) o indirecto (a través de objetos o terceros que hayan tenido contacto directo con la persona enferma).

Enfermedad grave: Es aquella que, si no es tratada en las siguientes veinticuatro (24) horas desde su diagnóstico, pone en peligro de muerte al paciente.

Enfermedad o trastorno mental: Alteración de los procesos cognitivos y afectivos del desarrollo, considerado como anormal con respecto al grupo social de referencia del cual proviene el individuo. Se encuentra alterado el razonamiento, el comportamiento, la facultad de reconocer la realidad o de adaptarse a las condiciones de vida.

Esterilidad: Es la incapacidad para llevar a término un embarazo, luego de mantener durante un(1)año vida sexual regular sin la utilización de métodos anticonceptivos y su causa se debe al mal funcionamiento de sus órganos sexuales o de sus gametos.

Infertilidad: Incapacidad de completar un embarazo después de un (1) año de tener relaciones sexuales con frecuencia razonable y sin tomar medidas anticonceptivas.

Métodos anticonceptivos: Método que no permite o reduce la posibilidad de que se dé la fecundación o embarazo al mantener relaciones sexuales.

Métodos anticonceptivos no quirúrgicos: Son los siguientes

  • Método del moco cervical.
  • Condón masculino
  • Condón femenino.
  • Diafragma.
  • Espermaticidas.
  • Esponjas vaginales.
  • Dispositivos intrauterinos.
  • Anticonceptivos orales.
  • Anticonceptivos inyectados.

Métodos anticonceptivos quirúrgicos:

  • Vasectomía
  • Ligadura de trompas

Grado de afinidad: Vínculo que se establece entre un cónyuge y los parientes con sanguíneos del otro. Para efecto de este Plan no se cubrirán las declaraciones juradas de médicos/as que tengan hasta primer grado de afinidad con el colegiado/a (cónyuge).

Grado de consanguinidad: Vínculo sanguíneo por parentesco natural, de varias personas que descienden de una misma raíz. Para efecto de este Plan no se cubrirán las declaraciones juradas de médicos/as que tengan hasta primer grado de consanguinidad el colegiado/a (padre, madre, hijo, hija, hermanos).

Hospital o clínica: Establecimiento sanitario donde se diagnostica y trata la enfermedad de un paciente o un accidente, que puede ser ingresado o ser atendido en forma ambulatoria.

Hospitalización: Ingreso del colegiado(a) a un hospital, registrado como paciente de cama por un período continuo no menor de veinticuatro (24) horas.

Mecanismo de trauma: Detalle de actividad realizada cuando se origina el accidente firmado por el colegiado.

Médico tratante: Profesional que practica la medicina y que intenta mantener y recuperar la salud humana mediante el estudio, el diagnóstico y el tratamiento de la enfermedad o lesión del paciente.

Plan Salud: Conjunto de beneficios anuales de gastos médicos ambulatorios por accidentes y/o enfermedades y/o preexistencias, terapias físicas, consulta médica con nutricionista o pago de centros de entrenamiento y acondicionamiento físico. Acorde con lo que se detalla en el anexo 1 y según el presupuesto global anual.

Práctica profesional deportiva: Actividad y ejercicios físicos, individuales o de conjunto, cuya práctica suponga algún tipo de estipendio, remuneración o patrocinio que reciba el participante en elevento.

Práctica o deporte recreativo: Entiéndase como recreativo aquella práctica del deporte cuyo propósito es el sano esparcimiento, cuya práctica supone entrenamiento y en algunos casos sujeción de reglas y remuneración.

Prótesis quirúrgica: Dispositivo implantado durante una cirugía, diseñado para reemplazar una parte faltante del cuerpo o para hacer que una parte del cuerpo funcione mejor.

Reembolso: Devolución de una cantidad de dinero al colegiado/a que habría incurrido en un gasto, según los términos y condiciones del Subsidio Plan Salud.

Sala de emergencia: Es la sección del hospital o clínica con personal y equipo necesario para proveer cuidado de emergencia a las personas que requieran tratamiento médico o quirúrgico inmediato.

Solicitud Aprobada: Se trata de aquella solicitud que se le ha aceptado el colegiado/a y se ha logradocompletarenlosdiezdíashábilescontodoslosdocumentosquelehansidorequeridos, misma que asu vez ha sido aceptada válidamente por Mutualidad CFIA.

Solicitud denegada: Se trata de aquella solicitud que por encontrarse fuera de las condiciones establecidas para acceder al presente beneficio no ha sido aceptada por Mutualidad CFIA. De manera que una solicitud denegada es aquella a la que no se le girará monto de dinero alguno.

Solicitud desestimada: Es toda solicitud a la que Mutualidad CFIA le ha prevenido el cumplimientoderequisitosyque,alefecto,despuésdehabérseleotorgadoelplazodediezdías hábiles para aportar los documentos faltantes, no sean aportados, siendo que dicha inacción del colegiado tiene como consecuencia el abandono de su trámite, lo cual automáticamente provoca la desestimación de su solicitud.

Solicitud en borrador: Es aquella solicitud que una vez iniciada por el colegiado/a en la aplicación para móvil (APP) no ha agotado todos los pasos hasta concluir su trámite de envío para que su solicitud entre en proceso de análisis. Esta solicitud permanecerá en estado de borrador durante todo el plazo que le reste de completar información. Una vez vencido dicho período, todas las solicitudes que se encuentren en estado de borrador se eliminarán, perdiendo el colegiado/a la posibilidad de acceder al beneficio en dicho lapso.

Solicitud en revaloración: Solicitud que teniéndose en estado de denegada o desestimada se habilita nuevamente para que se reinicie el proceso como una nueva solicitud.

Solicitud incompleta: Es aquella solicitud que el colegiado/a no ha logrado completar de manera satisfactoria, por faltarle el cumplimiento de requisitos que le han sido exigidos, siendo entendido para el colegiado/a su obligación de completar los requisitos dentro de los siguientes diez días hábiles posteriores a la fecha en que se le ha prevenido aportar nueva información.

Solicitud liquidada: Solicitud que, tras el análisis previo respectivo, es aceptada por Mutualidad CFIA y a su vez, cancelada efectivamente al colegiado/a el monto de dinero que ha solicitado.

Solicitud persistente: Solicitud a través de la cual el colegiado/a presenta de forma repetitiva facturas (de medicamentos, terapias físicas y/o exámenes) para la atención de una o varias enfermedades crónicas.

Tratamiento experimental: Se considera experimental aquel tratamiento, droga o combinación de drogas, dispositivo, procedimiento, equipo o servicios relacionados (o una porción de ellos, incluyendo la forma, administración o dosis) para un diagnóstico o condición en particular, cuando exista alguno de los siguientes elementos:

  • Estar en la fase I, II o III de experimentación para aprobación, según la agencia gubernamental pertinente u organización profesional tal como el Instituto Nacional de Cáncer o la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos de América (FDA por sus siglas en inglés).
  • Noestaraprobadooreconocidoporlaagenciagubernamentalpertinenteuorganización profesionaltalcomoelInstitutoNacionaldeCáncerolaAdministracióndeAlimentosy Medicamentos de los Estados Unidos de América (FDA por sus siglas en inglés) para la enfermedad en cuestión y/o Ministerio de Salud en Costa Rica.
  • Los resultados del tratamiento experimental no han sido publicados en revistas médicas de prestigio, indicando que sean de mayor seguridad y eficacia que el tratamiento convencional, tanto en el corto como en el largo plazo.
  • No estar generalmente aceptado en la práctica médica en el país donde reside el colegiado/a o no estar generalmente aceptado a través de la comunidad médica por referencia de uno o más de los siguientes: literatura médica de prestigio, consultas con médicos, Asociación Médica Americana(AMA)
  • Estar descrito como investigativo, experimental, en estudio, o similar en un documento de consentimiento, descargo o autorización firmado por el colegiado o alguna persona actuando en nombre de él. Tratamiento médico: Se define como el conjunto de medios que se utilizan para aliviar o curar una enfermedad, llegar a la esencia de aquello que se desconoce o transformar algo.

< Especificaciones y Requisitos de las Líneas de Beneficios del Subsidio Plan Salud 2021


Anexo 1

Especificaciones y Requisitos de las Líneas de Beneficios del Subsidio Plan Salud 2021

Anexo 2

Terminología adicional del Subsidio Plan Salud

Colegios Miembros al CFIA:
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