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Servicios solidarios

Le apoyamos para mejorar su bienestar integral.

Adelanto del beneficio por fallecimiento

Se trata de un apoyo económico que se brinda a las personas colegiadas que estén atravesando enfermedades en fase terminal o alguna situación de salud que les impida laborar de forma permanente.

Por reglamento, en esas situaciones, Mutualidad CFIA puede adelantar en vida hasta un 75% del Beneficio por fallecimiento, otorgado en uno o varios tractos (depende de cada situación). Para el 2025, el monto máximo de este adelanto es de ¢6.000.000.

Para otorgarlo:

  1. La persona colegiada debe estar al día con sus obligaciones financieras frente al CFIA, y no tener créditos en cobro judicial con Mutualidad CFIA.
  2. La persona colegiada presenta la solicitud y documentación completa para su valoración, esta puede ser enviada al correo mutualidad@cfia.cr, o bien presentarla en las instalaciones de Mutualidad CFIA.
  3. Se realiza una valoración social y visita domiciliar por parte de una profesional en Trabajo Social.
  4. Se genera un informe técnico que se somete a la valoración de la Junta Administradora de Mutualidad CFIA, y de la Junta Directiva del CFIA.
  5. Estas juntas podrán aprobar, denegar o modificar la solicitud presentada.

Requisitos del Adelanto del beneficio por fallecimiento

Formulario de solicitud

Gestión de beneficio económicos

Requisitos para solicitar el adelanto

Lineamientos generales para la
Gestión de Beneficios Económicos.

Favor enviar los formularios completos al correo mutualidad@cfia.cr


Le asesoramos y acompañamos en el proceso

(506) 2103-2500

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