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Fondo de Subsidios de Gastos Médicos y Apremio Económico

En casos excepcionales que lo ameriten, podrá concederse un subsidio especial al agremiado, que se encuentre en una situación apremiante sea económica o de salud, donde requieran de ayuda.

La Junta Administradora definirá cada año en el presupuesto, el monto a destinar a dicho fondo, que se utilizará para cancelar los subsidios especiales.

Este subsidio dará respuesta a la emergencia del agremiado, su cónyuge o pareja en unión de hecho, padres, hijos menores de dieciocho años, o hijos mayores de dieciocho años con discapacidad comprobada, siguiendo los lineamientos que establezca la administración de Mutualidad CFIA, y una vez que se realicen las evaluaciones para comprobar en forma fehaciente la necesidad y la insolvencia económica.

El monto de subsidio por familia, no podrá sobrepasar el 50% de la mutualidad vigente en el año de la primera solicitud. Si posteriormente, el agremiado solicita otro subsidio se contemplará con el saldo restante del monto de la mutualidad en el año que solicitó el primer subsidio. Quedan excluidos de este beneficio, los colegiados que tengan créditos en cobro judicial con Mutualidad CFIA.

La Junta Administradora recomendará y aprobará los casos en que se aplicará el subsidio especial y se enviarán a la Junta Directiva General para su conocimiento.

Para el año 2024, el monto máximo de este subsidio aprobado por Asamblea de Representante del CFIA es de 4.000.000.  Este monto no afecta ni se deduce del dinero por beneficio por fallecimiento del colegiado; es una colaboración económica adicional que Mutualidad CFIA ofrece.  El colegiado no debe reembolsarlo.

Para otorgarlo:

  • La persona colegiada debe estar al día con sus obligaciones financieras frente al CFIA.
  • Realizamos una valoración socioeconómica por parte de una profesional de Trabajo Social con base en documentación requerida y una visita domiciliar.
  • Con esta información, se genera un informe técnico que se somete a la valoración de la Junta Administradora de Mutualidad CFIA.
  • Esta Junta podrá aprobar, denegar o modificar la solicitud presentada.

Acérquese. Conversemos. Será un gusto atenderle.

Le asesoramos y acompañamos en el proceso

(506) 2103-2500
mutualidad@cfia.cr


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